TRÁNSITO

Con este concepto, queremos aproximarnos críticamente a las categorizaciones de la gestión de la migración como «tránsito» y «movilidad secundaria» y las diversas identidades que se cosifican a través de ellas, como «solicitante de asilo», «refugiada reconocida», «migrante indocumentada».

El concepto de tránsito también hace referencia a las geografías desiguales de Europa. Los diferentes lugares en los que se llevan a cabo los grupos PAR en el proyecto BRIDGES (Grecia, España, Reino Unido y Alemania) están implicados de formas muy diferentes en los proyectos nacionales y supranacionales de “gestión de la migración”; en las relaciones históricas y contemporáneas del colonialismo interno y externo a Europa; y figuran de forma diferente en los imaginarios de las personas ciudadanas y no ciudadanas europeas por igual.

Nuestro objetivo es deconstruir el binario entre los países de tránsito y destino en relación con las experiencias migratorias, y revelar cómo se relaciona con los cortes coloniales, y cómo reproducen las historias coloniales expresadas en la política del centro/periferia. Queremos poner en tela de juicio las representaciones hegemónicas de las geografías europeas de la migración y el asilo recurriendo a las experiencias vividas de las personas que están siendo «gestionadas» y controladas a través de regímenes fronterizos, ya que éstos se rigen de manera desigual en los planos nacional y supranacional, en particular mediante instrumentos como el Programa Europeo para las Migraciones, los acuerdos de Dublín, los acuerdos entre la Unión Europea y Turquía y entre la Unión Europea y Libia y otros «Acuerdos» multilaterales destinados a la externalización de las fronteras europeas.

Así pues, con el concepto de tránsito nuestro objetivo es poner de relieve el arraigo de los sitios entre sí e interrogar sus asimetrías en cuanto a la aplicación de políticas, el acceso a la educación superior, las oportunidades sociales, jurídicas y económicas y las diversas formas de resistencia y solidaridad dentro y a través de esos diferentes sitios/ubicaciones. A este respecto, nos basamos en el debate de Suryia Nayak (2017) sobre «la localización como método» y en las ideas epistemológicas de otras académicas feministas negras que en su trabajo cuestionan el binario hegemónicamente construido entre el método y el contenido (político) que se aplica en la investigación académica. En la línea del activismo de la Teoría Feminista Negra como una política de localización que funciona simultáneamente como contenido (el qué) y como método (el cómo), sugerimos que «tránsito» se encuentra en el corazón de lo que Nayak ve como la «relación mutuamente constitutiva entre el contenido y el método».

Según Souad Osseiran (2017), al tratar de alterar las relaciones de las migrantes y refugiadas con los actores estatales en los países de ‘tránsito’, la UE busca cambiar la forma en que las migrantes y refugiadas se acercan a estos estados como espacios de temporalidad.

Osseiran argumenta que el papel de Turquía como estado de tránsito fronterizo con la UE es el resultado de procesos particulares. Al asignar a Turquía el estatus de tránsito, la UE le asignó un papel en el mantenimiento de las fronteras sudorientales de Europa. «La utilización del estado de tránsito presenta dilemas metodológicos debido a sus limitaciones de definición.

Vemos, además, cómo el tránsito significa tanto movilidad como inmovilidad, movimiento y estancamiento, lo que Fiorenza Picozza (2017) denomina «atasco en la movilidad», al referirse a las experiencias de (in)movilidad de las personas migrantes dentro de las geografías de asilo de Europa. Las normas que rigen la movilidad de las ciudadanas no europeas dentro de Europa, en particular de las personas a las que se les niega la condición jurídica o que tratan de solicitar asilo en un país europeo, crean categorías jurídicas de movilidad, como la «movilidad secundaria».

La movilidad secundaria se refiere al movimiento clandestino de personas «sin estatus» o solicitantes de asilo a través de las fronteras nacionales desde el Estado miembro en el que entraron por primera vez en Europa (en virtud del Reglamento de Dublín -Comisión Europea, 2020-, que es legalmente el único Estado en el que pueden solicitar asilo), a otro Estado miembro (que tiene derecho a «regresarlas» -es decir, a deportarlas- al primer país).

Durante el verano de 2015, denominado «verano de la migración», y el comienzo de 2016, es decir, en el llamado pico de la llamada «crisis de los refugiados», las claras divisiones dentro de la UE entre sus Estados miembros y las tensiones entre la UE y los Estados que aspiran a acceder a la Unión, «revelaron ciertas limitaciones del proyecto europeo». En particular, la división entre «países de tránsito» y «países de destino», vinculados a través de la ruta de los Balcanes, se expresó tanto en la afirmación del tránsito desde abajo como en su imposición desde arriba. Poco después de la creación de los denominados «puntos calientes» en cinco islas del territorio nacional griego, y antes de la aplicación del acuerdo entre la Unión Europea y Turquía, el «rompecabezas de los hotspots (puntos calientes) griegos» se construyó de la siguiente manera: por un lado, todas esas personas «casi refugiadas» (como las afganas) se ven obligadas a permanecer en un espacio «casi-europeo», en la “EU-ropa griega”, mientras que todas las «migrantes económicas» deben ser devueltas a un espacio «no europeo», Turquía. Tras el acuerdo UE-Turquía de 2016, Grecia como país se ha caracterizado como el hotspot de Europa, convirtiéndose primero en un espacio de tránsito y luego en un espacio de detención. Según este guión, Grecia se está construyendo como un país de tránsito; según esta ideología, las refugiadas, prototípicamente sirias, tratan de pasar urgentemente en su camino hacia «Europa». Los Estados de tránsito que tienen frontera o acceden a la UE tienen que demostrar su «europeísmo» de forma que coincida con la forma en que las solicitantes de asilo se ven obligadas a demostrar su «condición de refugiadas».

El punto general es que la noción de tránsito atrapa a las personas en un estado de movilidad suspendida, en un régimen de espera crónica, perpetuamente «en espera». En lugar de ser meramente descriptivo (como implica la definición hegemónica), el concepto de «tránsito» es completamente normativo: es decir, funciona como un mecanismo a través del cual, la realidad que pretende describir, se lleva, en realidad, a existir materialmente. Así pues, sugerimos que los países de tránsito son aquellos por los que se hace que la gente quiera «fluir», mientras que el régimen migratorio europeo hace que se «atasque» en ellos. En efecto, leyendo entre líneas de los discursos hegemónicos y análisis de políticas, podríamos decir que lo que se declaró en 2015 como «crisis de los refugiados» en/por Europa fue, en esencia, una crisis de tránsito por la que las personas en movimiento afirmaron su autonomía y libertad de circulación, por una ventana de tiempo demasiado breve, que perturbó la lógica de la Europa Fortaleza.

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16 min

Se incluyen estas actividades:
  • Remapeando el Tránsito (45 mins)
  • ¿Cual es el poder de tu pasaporte? (2h)
Objetivo: Pensar críticamente sobre las políticas de movilidad y cambiar nuestra comprensión sobre las «raíces» y «rutas» no como líneas y flujos, sino como deseos, sentimientos y experiencias vividas.
Objetivo: Pensar críticamente sobre la política de movilidad, cuestionar nuestra relación con el pasaporte que tenemos, desprendernos de nuestro pasaporte.
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TRANSITO ACTIVIDADES
N° de actividades
2
Duraciones
45 min - 2 h