RACISMO ESTRUCTURAL

El concepto de racismo estructural estuvo enmarcado en el contexto que comparten la mayoría de las participantes del grupo IAP. En ese sentido, fue importante la pregunta sobre ¿desde qué posiciones estamos construyendo conocimiento? En su mayoría somos personas migrantes que hemos tenido que pasar por un proceso administrativo para regularizar nuestra situación en el país, lo que nos define en una posición particular y establece nuestras posibilidades. Las discusiones alrededor de temáticas relevantes para trabajar el tema de la discriminación y la inclusión llevaron siempre al tema de las estructuras de poder y leyes que crean brechas y niveles de garantía de derechos. En ese sentido, las discusiones giraron en torno a cómo estas estructuras racistas delimitan nuestras opciones de ser y actuar en la sociedad y las de otras personas atravesadas por ellas, así como nuestras posibilidades para problematizarlas y transformarlas. Esto porque vimos que se le da mayor centralidad a los efectos de la discriminación, y menos a las causas de ésta. De esta manera, este concepto alberga la importancia de comprender cómo estas estructuras funcionan, cuáles son sus principales elementos para, desde allí, proponer alternativas.

La definición del concepto de racismo estructural tuvo lugar a través de debates a propósito de las experiencias no solo como personas migrantes, sino también, en el caso de algunas de nosotras, como mujeres trabajadoras del hogar y los cuidados. Por ello, era importante dar cuenta de cómo el racismo estructural se realiza a través de cuestiones concretas también relacionadas con el contexto de Barcelona y del Estado español, y que en la práctica cotidiana nos afectan. Entender que la Ley de Extranjería es uno de los bastiones del racismo estructural, que nos expulsa a los márgenes de la sociedad en diferentes ámbitos, nos permite aterrizar el concepto y utilizarlo ya no como una definición abstracta, sino que como una que da indicios de elementos concretos a través de los cuales las estructuras se materializan.

Actualmente vemos con preocupación que existe una idea ingenua de que el racismo es una cuestión únicamente de comportamiento moral, de voluntades individuales que se niegan a aceptar la diversidad. Esto es peligroso en tanto invisibiliza una dimensión fundamental del racismo, y que afecta directamente en las posibilidades y vidas de las personas consideradas “otras”: el racismo como una forma de estructuración de nuestras sociedades. Como señalan Helios Garcés y Salma Amzian (2017), el racismo es un patrón moderno del poder occidental, cuyo fruto estrella es el Estado-nación, sostenido y reproducido por medio de regulaciones y prácticas institucionales, y no solo a nivel de interacciones sociales entre individuos.

Al señalar la dimensión estructural del racismo, buscamos dar cuenta que las jerarquizaciones por raza están en el seno mismo de los sistemas que nos gobiernan. El Estado moderno se basa en la sistematización de una férrea jerarquía civilizatoria que sitúa la identidad occidental sobre las otras (Garcés y Amzian, 2017). El poder de la identidad occidental está fuertemente vinculado a los procesos coloniales, en los cuales se estableció a través de la fuerza la diferencia racial como categoría estructurante del orden social (Espinosa-Miñoso, 2010). En la historia colonial de Europa las ficciones “nosotros” y “ellos” se vuelven inconmensurables, estando delimitadas a través de fronteras que se naturalizan simbólica y materialmente, basadas en una falsa homogeneización interna y en la idea del “otro” como amenaza (Mbembe, 2018).

Entendemos que estos procesos de diferenciación son posibles de identificar en las narrativas de identidad de origen y destino, así como también en las normas y regulaciones acerca de quién pertenece a algo y quién no. Las instituciones norman la sociedad en función de ejes diferenciadores como el género, la raza, la clase o la edad, entre otras, regulando aspectos diversos de la vida social (Herrera, 2011). Así mismo, las políticas públicas corresponden al discurso institucionalizado y funcionan como un sistema de calificación y clasificación de situaciones, estableciendo procesos de inclusión o exclusión social, marcando lo que está permitido o prohibido (Agrela, 2006). Es importante entender que las políticas públicas describen la realidad a la vez que la prescriben, es decir, son estas las que definen los problemas que deben ser abordados, su explicación y la manera de hacerlo, siendo todo parte de su misma formulación. Las políticas públicas, como la política migratoria, “genera[n] clasificaciones y distinciones entre poblaciones, construyendo a las personas en sujetos y objetos de las mismas, regulando sus vidas e inventando significados sobre los grupos a los que quedamos vinculados, o por oposición, excluidos” (Agrela, 2006, p.5).

Los Estados, en el ejercicio de su soberanía, tienen la competencia absoluta de instalar los términos de admisión y presencia de personas migrantes en sus territorios, lo que ha generado una serie de discriminaciones y exclusiones que cuestionan su adhesión a los tratados de Derechos Humanos (Muñoz, 2009).

Esta situación es reforzada por la escasa existencia de leyes internacionales sobre la ciudadanía, lo que deja completa libertad a los Estados para delimitar las situaciones en las que se puede adquirir o negar el estatus de ciudadanía, quedando exentos de deberes jurídicos hacia la persona extranjera (Peña, 2012; Usher, 2004).

Los estudios críticos de la migración han tomado el concepto de “nuda vida” para delinear la difícil situación de las personas refugiadas y migrantes irregulares, quienes quedan en un estado suspendido e indefinido de no-ciudadanía (Rajaram y Grundy-Warr 2004; Salter 2008). En ese sentido, la ilegalización de la migración crea un limbo político, donde la vida de las personas se mantiene tanto “dentro como fuera del orden jurídico” (Agamben 1998, 27), donde a los migrantes se les niega el derecho a tener derechos (Arendt 1973) y el derecho a la existencia política.

Entendemos que el racismo estructural tiene que ver con la diferenciación y jerarquización de las diferencias a partir de discriminaciones por sexo-género, clase, raza y condición de ciudadanía en un determinado territorio.

En primer lugar, el racismo estructural corresponde a una estructura jurídico-política, donde juega un rol importante el Estado y sus formas jurídicas e institucionales (la constitución, las instituciones públicas, financieras, educativas, etc.), las que permiten que una persona se sienta ciudadana o no.

En segundo lugar, corresponde a una estructura ideológica, por ejemplo, la cultura o los medios de comunicación, que aportan a la naturalización de discriminaciones, como los controles en las fronteras o los controles policiales cotidianos apelando a la seguridad de la ciudadanía, creando el estigma de los de aquí y los de fuera.

En esta estructura aparecen tres conceptos que se solapan y determinan los destinos individuales de varias formas: el racismo institucional, la Ley de extranjería y la ciudadanía. La Ley de Extranjería se ejerce por burócratas implementando el racismo institucional en su trabajo y aportando a la desigualdad social al crear diferentes clases de ciudadanía basadas en el estatus diplomático de países de origen. Es importante trabajar para desactivar los estereotipos y prejuicios basados en la diferenciación con una carga negativa, como las discriminaciones raciales, culturales, de clase y de género, que ubican a unas personas en situación de privilegios respecto de otras, fomentando la pobreza y la falta de oportunidades para la gran mayoría de las personas en el contexto de la Unión Europea.

¿Cómo desarrollamos este concepto?
Proceso Común de Conceptualización del PAR Barcelona

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El objetivo de esta actividad es interpelar y dar a conocer cómo el Racismo Estructural afecta a diversos colectivos en sus contextos cercanos. Para esto se utilizará de base la Ley de Extranjería y de nacionalidad del Estado español. Se busca que los estudiantes conozcan cómo estas leyes condicionan la vida de muchas personas y generan en la práctica “ciudadanos de segunda” que tienen que pasar por un sinfín de burocracias y laberintos para dejar de sufrir la violencia que implica no ser consideradas como personas “legales” por parte de las instituciones.

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HISTORIAS DE RACISMO ESTRUCTURAL
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2 h

Ejercicio de reflexión en clases que ofrece la oportunidad al estudiantado de problematizar el racismo y la discriminación cotidiana e institucional por medio de un soporte cercano y ampliamente usado en nuestra sociedad: la producción y difusión de contenido audiovisual en redes sociales y medios de comunicación. Este ejercicio trabaja dos conceptos definidos por el grupo PAR BCN: Identidad y Racismo Estructural

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EL RACISMO NO VA A CAMBIAR SOLO
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